Preámbulo
El presente documento contiene los Términos y Condiciones de Participación (en adelante, los "Términos y Condiciones") que regulan la asistencia y permanencia de toda persona (en adelante, el "Asistente") en el evento privado universitario organizado en forma conjunta por las organizaciones estudiantiles PROGREA, CAP UP, TUPATA y CODE UP (en adelante y de forma conjunta, los "Organizadores").
El evento tiene naturaleza estrictamente privada y se encuentra dirigido, de manera principal, a estudiantes universitarios convocados por los Organizadores. La adquisición de la entrada, la inscripción en el evento o el ingreso al recinto en el que este se desarrolle implican, por parte del Asistente, la aceptación libre, expresa, informada e incondicional de la totalidad de las cláusulas contenidas en el presente documento, así como el compromiso de cumplir con las disposiciones aplicables del ordenamiento jurídico peruano.
Los presentes Términos y Condiciones se rigen por la Constitución Política del Perú, el Código Civil, la Ley N.º 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 016-2024-JUS y, en aquello que resulte aplicable, por el Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley N.º 29571, sin perjuicio de las demás normas peruanas pertinentes.
Cláusula primera: Objeto y ámbito de aplicación
1.1. Los presentes Términos y Condiciones tienen por objeto establecer las reglas de conducta, los derechos, las obligaciones y las responsabilidades aplicables a todo Asistente durante el ingreso, la permanencia y la salida del evento privado organizado por los Organizadores.
1.2. Las disposiciones aquí previstas resultan de aplicación obligatoria a todo Asistente, con independencia de la condición bajo la cual haya accedido al evento, sea como titular de entrada, invitado, acompañante, cortesía o cualquier otra modalidad autorizada por los Organizadores.
1.3. La aceptación de los presentes Términos y Condiciones se perfecciona con la realización de cualquiera de los siguientes actos: (i) la adquisición de la entrada; (ii) la inscripción o registro en el evento por cualquier medio, físico o electrónico; o (iii) el ingreso efectivo del Asistente al recinto donde este se desarrolle.
Cláusula segunda: Definiciones
Para efectos de la correcta interpretación de los presentes Términos y Condiciones, se establecen las siguientes definiciones:
- Asistente: toda persona natural que ingrese al recinto donde se desarrolle el evento, en cualquier calidad.
- Organizadores: las organizaciones estudiantiles universitarias PROGREA, CAP UP, TUPATA y CODE UP, actuando de forma conjunta en la convocatoria, planificación y ejecución del evento.
- Evento: la reunión privada organizada por los Organizadores, en la fecha, horario y lugar oportunamente comunicados a los Asistentes.
- Recinto: el inmueble, ambientes y áreas comunes en los que se lleve a cabo el evento, incluyendo sus accesos, zonas perimetrales y estacionamientos, en aquello que se encuentre bajo control de los Organizadores.
- Personal del Evento: los integrantes de los Organizadores, así como el personal de seguridad, producción, logística, atención y demás colaboradores acreditados que participen en la ejecución del evento.
- Propietario del Recinto: la persona natural o jurídica titular del inmueble o titular del derecho de uso sobre el mismo, cedido a los Organizadores para la realización del evento.
Cláusula tercera: Admisión y permanencia
3.1. El ingreso al evento se encuentra reservado a las personas mayores de edad que cuenten con entrada válida o registro previo, y que se identifiquen mediante documento oficial vigente al momento del acceso.
3.2. Los Organizadores se reservan el derecho de admisión y permanencia. En consecuencia, podrán denegar el ingreso o disponer el retiro del recinto de aquellas personas que:
- No acrediten su identidad o su condición de Asistente autorizado.
- Presenten evidentes signos de encontrarse bajo los efectos del alcohol o de sustancias estupefacientes al momento del ingreso.
- Porten objetos prohibidos conforme a la Cláusula Novena de los presentes Términos y Condiciones.
- Manifiesten conductas agresivas, violentas, discriminatorias o de acoso hacia otros Asistentes o hacia el Personal del Evento.
- Incumplan cualquiera de las disposiciones contenidas en los presentes Términos y Condiciones o en las normas internas del recinto.
3.3. El ejercicio del derecho de admisión se efectuará conforme a criterios objetivos de seguridad, orden y protección de los Asistentes, y en ningún caso se sustentará en motivos discriminatorios prohibidos por la Constitución Política del Perú.
3.4. El Asistente deberá respetar los horarios de ingreso, permanencia y salida establecidos por los Organizadores. Fuera de dichos horarios, los Organizadores no asumen obligación alguna de custodia, atención ni prestación de servicios respecto de las personas que permanezcan o pretendan ingresar al recinto.
Cláusula cuarta: Reglas de conducta del Asistente
4.1. El Asistente se obliga a mantener, durante toda su permanencia en el recinto, una conducta respetuosa hacia los demás Asistentes, el Personal del Evento, los vecinos del inmueble y las personas ajenas al evento.
4.2. En particular, el Asistente se obliga a:
- Cumplir estrictamente los horarios de ingreso y salida comunicados por los Organizadores.
- Observar y acatar las normas del evento, las indicaciones del Personal del Evento y las disposiciones internas del recinto.
- Mantener una conducta respetuosa, pacífica y considerada frente a los demás Asistentes.
- Abstenerse de ejecutar actos de violencia física o verbal, discriminación, hostigamiento sexual, acoso, amenazas, vandalismo, provocación o cualquier otra conducta que afecte la seguridad, la integridad o la dignidad de las personas presentes.
- Abstenerse de ingresar a habitaciones, oficinas, depósitos, azoteas u otras áreas del inmueble expresamente delimitadas como restringidas o que no formen parte de las áreas habilitadas para el evento.
- Abstenerse de manipular, utilizar, desplazar o disponer de los bienes personales del Propietario del Recinto o de terceros presentes en el inmueble, sin autorización expresa.
- Mantener el orden y la limpieza de las instalaciones utilizadas, disponiendo los residuos exclusivamente en los recipientes destinados para tal fin.
- Cuidar el mobiliario, los equipos y las instalaciones puestos a su disposición durante el evento.
- Respetar la tranquilidad de los vecinos del inmueble, evitando ruidos, gritos u otras manifestaciones fuera de las áreas habilitadas.
4.3. Queda expresamente prohibido todo acto de hostigamiento sexual, conforme a lo previsto por la normativa peruana vigente en la materia. Los Organizadores adoptarán las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar cualquier conducta de esta naturaleza detectada durante el evento.
Cláusula quinta: Consumo de bebidas alcohólicas
5.1. El expendio y consumo de bebidas alcohólicas en el evento se encuentra reservado exclusivamente a personas mayores de dieciocho (18) años de edad, quienes deberán acreditar dicha condición mediante documento oficial de identidad.
5.2. Los Organizadores y el Personal del Evento se reservan el derecho de negar el expendio o suministro de bebidas alcohólicas a aquellos Asistentes que, a su criterio razonable, presenten evidentes signos de embriaguez o cuya condición pueda representar un riesgo para sí mismos o para terceros.
5.3. Se encuentra estrictamente prohibido el ingreso, la tenencia, el consumo y la comercialización de sustancias estupefacientes o psicotrópicas ilegales, así como el ingreso de bebidas alcohólicas no expendidas por los Organizadores.
5.4. El Asistente reconoce y asume que el consumo de bebidas alcohólicas es una decisión personal, voluntaria y bajo su exclusiva responsabilidad, y que los Organizadores no responden por las consecuencias derivadas del consumo excesivo o inadecuado por parte del Asistente.
Cláusula sexta: Objetos prohibidos
6.1. Se encuentra prohibido el ingreso al recinto portando cualquiera de los siguientes objetos:
- Armas de fuego, armas blancas, armas de electrochoque, gas pimienta u otros elementos punzocortantes o contundentes.
- Sustancias estupefacientes, psicotrópicas o de uso indebido.
- Bebidas alcohólicas no expendidas por los Organizadores.
- Sustancias inflamables, explosivas, pirotécnicas, tóxicas o corrosivas.
- Objetos contundentes, punteros láser o instrumentos que puedan causar daño a las personas o a las instalaciones.
- Cualquier otro objeto que, a criterio razonable del Personal del Evento, pueda comprometer la seguridad del evento, de los Asistentes o del recinto.
6.2. Los Organizadores podrán implementar controles de seguridad al ingreso, los cuales podrán incluir la inspección visual del interior de bolsos, mochilas y demás pertenencias. El Asistente que se niegue a someterse a estos controles podrá ser impedido de ingresar al recinto.
6.3. En caso de detectarse el ingreso o la tenencia de objetos prohibidos durante el evento, los Organizadores procederán al retiro inmediato del Asistente involucrado y, de corresponder, a la comunicación de los hechos a las autoridades competentes.
Cláusula séptima: Uso del recinto y normas del inmueble
7.1. El Asistente reconoce que el recinto donde se desarrolla el evento constituye un inmueble de propiedad o bajo administración de un tercero, cedido temporalmente para la realización del evento. En consecuencia, se obliga a respetar las normas internas del inmueble comunicadas por los Organizadores.
7.2. El acceso a las áreas del inmueble se encuentra limitado a las zonas expresamente habilitadas para el evento. El ingreso a habitaciones, depósitos, oficinas, azoteas, cocheras u otras áreas no habilitadas se encuentra terminantemente prohibido.
7.3. El Asistente se obliga a devolver el recinto en las mismas condiciones en las que fue puesto a disposición, sin perjuicio del desgaste normal derivado del uso durante el evento.
Cláusula octava: Responsabilidad por daños
8.1. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 1969 y 1970 del Código Civil, el Asistente es responsable por los daños que cause al recinto, al mobiliario, a los equipos, a los bienes del Propietario del Recinto, de los Organizadores, de otros Asistentes o de cualquier tercero, cuando dichos daños hayan sido ocasionados por dolo o culpa.
8.2. El Asistente responsable se obliga a asumir, a su costo, la reparación integral o, en su defecto, la reposición del bien dañado, así como el pago de los demás perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales que se hubieren derivado.
8.3. Cuando el daño sea ocasionado por más de un Asistente, la responsabilidad se determinará conforme a las reglas de la responsabilidad solidaria prevista por el artículo 1983 del Código Civil, sin perjuicio de las acciones de repetición que correspondan entre los responsables.
8.4. Tratándose de Asistentes menores de edad autorizados a participar en el evento, la responsabilidad civil por los daños que estos ocasionen se regirá por las normas del Código Civil aplicables a la responsabilidad de padres, tutores o curadores.
8.5. Los Organizadores podrán exigir, al momento del retiro del Asistente responsable o inmediatamente después de ocurrido el daño, la suscripción de un documento en el que se deje constancia de los hechos, sin que la falta de suscripción de dicho documento enerve la responsabilidad del Asistente.
Cláusula novena: Limitación de responsabilidad de los Organizadores
9.1. Los Organizadores no responden por los daños personales o patrimoniales sufridos por el Asistente que se deriven, de manera exclusiva y determinante, de:
- La imprudencia, negligencia o dolo del propio Asistente.
- El consumo voluntario, excesivo o inadecuado de bebidas alcohólicas por parte del Asistente.
- El hecho de terceros ajenos a la organización del evento.
- Los eventos constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor, conforme a lo previsto por el artículo 1315 del Código Civil.
9.2. Sin perjuicio de lo señalado en el numeral 9.4 de la presente cláusula, los Organizadores no responden por la pérdida, sustracción, hurto, robo, deterioro o extravío de las pertenencias personales que el Asistente porte o mantenga bajo su custodia durante el evento, incluyendo pero sin limitarse a: dinero en efectivo, tarjetas, teléfonos móviles, equipos electrónicos, prendas de vestir, accesorios, documentos personales y vehículos estacionados en las inmediaciones. El cuidado de las pertenencias personales es de exclusiva responsabilidad del Asistente.
9.3. Los Organizadores no responden por las consecuencias derivadas del incumplimiento, por parte del Asistente, de las reglas de conducta, indicaciones de seguridad u obligaciones establecidas en los presentes Términos y Condiciones.
9.4. Las limitaciones de responsabilidad previstas en la presente cláusula no comprenden, en ningún caso, la responsabilidad de los Organizadores derivada de dolo o culpa inexcusable, ni implican renuncia alguna a derechos irrenunciables reconocidos por el ordenamiento jurídico peruano, conforme a lo previsto por el artículo 1328 del Código Civil.
Cláusula décima: Seguridad y atención de emergencias
10.1. Los Organizadores dispondrán de las medidas de seguridad razonables para el adecuado desarrollo del evento, las cuales podrán incluir, según las características del mismo, personal de seguridad acreditado, controles de acceso, señalización de rutas de evacuación y coordinación con los servicios de emergencia correspondientes.
10.2. En caso de producirse una emergencia médica, un incendio, un sismo o cualquier otra situación que ponga en riesgo la integridad de los Asistentes, estos se obligan a acatar las instrucciones del Personal del Evento y a dirigirse ordenadamente a las zonas seguras señalizadas.
10.3. Los Organizadores podrán solicitar la asistencia de los servicios médicos, de bomberos, de la Policía Nacional del Perú o de cualquier otra autoridad competente cuando las circunstancias así lo requieran. El costo de la atención médica particular que reciba el Asistente por hechos ajenos a la responsabilidad de los Organizadores será asumido por el propio Asistente o por el sistema de salud que le corresponda.
10.4. El Asistente que padezca de alguna condición médica preexistente que requiera atención especial o que pueda verse agravada por su participación en el evento, se obliga a comunicarlo oportunamente a los Organizadores o al Personal del Evento y a tomar las precauciones que resulten razonables. Los Organizadores no responden por las consecuencias derivadas de la omisión de dicha comunicación.
Cláusula undécima: Tratamiento de datos personales
11.1. En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N.º 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 016-2024-JUS, los Organizadores informan al Asistente que los datos personales que este proporcione con motivo del evento serán objeto de tratamiento en los términos que se detallan a continuación.
11.2. Identidad de los responsables del tratamiento: las organizaciones PROGREA, CAP UP, TUPATA y CODE UP, actuando de manera conjunta como corresponsables del tratamiento respecto de los datos personales recabados con ocasión del evento.
11.3. Datos personales objeto de tratamiento: nombres y apellidos; número de documento de identidad; correo electrónico; número de teléfono; universidad de procedencia; imagen y voz captadas mediante fotografías o grabaciones audiovisuales; y aquellos datos adicionales que resulten estrictamente necesarios para el ingreso, la seguridad y la gestión del evento.
11.4. Finalidades del tratamiento: (i) gestionar el registro, la acreditación y el ingreso del Asistente al evento; (ii) atender consultas, requerimientos y comunicaciones vinculadas al evento; (iii) adoptar las medidas de seguridad y de atención de emergencias que resulten necesarias; (iv) elaborar registros internos y estadísticas de asistencia; (v) comunicar información sobre futuros eventos organizados por los Organizadores, cuando el Asistente hubiere prestado su consentimiento para ello; y (vi) atender los requerimientos de las autoridades competentes conforme al ordenamiento jurídico peruano.
11.5. Base legítima del tratamiento: el consentimiento libre, previo, expreso, informado e inequívoco del Asistente, otorgado mediante la aceptación de los presentes Términos y Condiciones, así como, en aquello que corresponda, el cumplimiento de obligaciones legales aplicables a los Organizadores.
11.6. Conservación de los datos personales: los datos personales serán conservados durante el plazo estrictamente necesario para el cumplimiento de las finalidades declaradas y, posteriormente, durante los plazos de prescripción legales que resulten aplicables, luego de los cuales serán suprimidos o anonimizados conforme al ordenamiento peruano.
11.7. Transferencia de datos personales: los Organizadores podrán compartir los datos personales del Asistente con proveedores de servicios de seguridad, de tecnología y de logística que participen en la ejecución del evento, en calidad de encargados del tratamiento, sujetos a las obligaciones de confidencialidad y seguridad previstas por la normativa aplicable.
11.8. Derechos del titular: el Asistente podrá ejercer, en cualquier momento, sus derechos de información, acceso, rectificación, cancelación, oposición, tratamiento objetivo, portabilidad y limitación del tratamiento, así como los demás derechos previstos por la Ley N.º 29733 y su Reglamento. Para tal efecto, podrá dirigir su solicitud, acompañada de copia de su documento de identidad, a la dirección de correo electrónico que los Organizadores comuniquen oportunamente como canal de atención.
11.9. El Asistente conserva su derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en caso considere vulnerados sus derechos en materia de protección de datos personales.
11.10. Los Organizadores adoptarán las medidas técnicas, organizativas y legales necesarias para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia de los datos personales tratados, en concordancia con lo previsto por el Reglamento de la Ley N.º 29733.
Cláusula duodécima: Uso de imagen, voz y fotografías
12.1. El Asistente reconoce que, durante el desarrollo del evento, podrán captarse fotografías, videos y grabaciones audiovisuales en las que su imagen y voz aparezcan de manera individual o colectiva.
12.2. Mediante la aceptación de los presentes Términos y Condiciones, el Asistente otorga a los Organizadores su consentimiento libre, expreso, informado y gratuito para la captación, reproducción, edición, publicación y difusión de dicho material, con fines exclusivamente vinculados a la memoria del evento, la difusión de las actividades de los Organizadores y la promoción de futuras convocatorias, a través de sus redes sociales, páginas web y medios institucionales.
12.3. La presente autorización no comprende el uso del material con fines comerciales, publicitarios de terceros ajenos a los Organizadores, ni cualquier otro uso que pueda afectar el honor, la intimidad, la propia imagen o la reputación del Asistente, conforme a lo previsto por los artículos 14 y 15 del Código Civil.
12.4. El Asistente podrá revocar la autorización otorgada respecto de material que lo identifique individualmente, mediante comunicación escrita dirigida a los Organizadores. La revocación surtirá efectos hacia el futuro y no afectará la validez de las publicaciones o usos ya efectuados con anterioridad a la comunicación de la revocación.
12.5. Los Organizadores procurarán, en la medida de lo razonablemente posible, que las imágenes de los Asistentes que sean difundidas no comprometan su dignidad ni los expongan a situaciones que puedan afectarlos negativamente.
Cláusula decimotercera: Incumplimiento y consecuencias
13.1. El incumplimiento, por parte del Asistente, de cualquiera de las disposiciones contenidas en los presentes Términos y Condiciones facultará a los Organizadores a adoptar, según la gravedad de los hechos, una o más de las siguientes medidas:
- Llamado de atención verbal o escrito.
- Retiro inmediato del Asistente del recinto, sin derecho al reembolso del valor de la entrada, cuando esta hubiere sido pagada.
- Restricción para participar en futuros eventos organizados por los Organizadores, individualmente o de manera conjunta.
- Comunicación de los hechos a las autoridades competentes, cuando la conducta del Asistente pudiera configurar un ilícito penal o administrativo.
- Ejercicio de las acciones civiles que correspondan para el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados.
13.2. La aplicación de cualquiera de las medidas antes indicadas no requerirá de comunicación previa distinta a la propia notificación de la medida adoptada, y no generará obligación indemnizatoria alguna a cargo de los Organizadores en favor del Asistente.
13.3. La no devolución del importe de la entrada, prevista en el literal b) del numeral 13.1, opera únicamente respecto del Asistente cuyo retiro se disponga como consecuencia de su propio incumplimiento y no comprende otros supuestos previstos por el ordenamiento jurídico.
Cláusula decimocuarta: Modificación, suspensión o cancelación del evento
14.1. Los Organizadores se reservan el derecho de modificar la fecha, el horario, el lugar, el aforo, el programa o cualquier otra condición del evento, cuando existan razones objetivas que lo justifiquen, incluyendo aquellas de carácter logístico, sanitario, de seguridad o derivadas de la autoridad competente.
14.2. Los Organizadores podrán suspender temporalmente o cancelar el evento por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, conforme a lo previsto por el artículo 1315 del Código Civil, así como por disposición de autoridad competente.
14.3. Toda modificación, suspensión o cancelación será comunicada a los Asistentes con la mayor antelación posible, a través de los canales oficiales de los Organizadores.
14.4. La política de devolución del valor de las entradas, cuando corresponda, se regirá conforme a las comunicaciones específicas que emitan los Organizadores en cada caso, respetando en todo momento las disposiciones aplicables del ordenamiento peruano.
Cláusula decimoquinta: Fuerza mayor y caso fortuito
15.1. Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento total o parcial de las obligaciones asumidas conforme a los presentes Términos y Condiciones, cuando dicho incumplimiento sea consecuencia de un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, constitutivo de caso fortuito o fuerza mayor conforme a lo previsto por el artículo 1315 del Código Civil.
15.2. Se consideran comprendidos, entre otros, los siguientes supuestos: desastres naturales, actos de terrorismo, conmoción social, disposiciones de la autoridad competente, emergencias sanitarias declaradas por autoridad competente, cortes prolongados de servicios esenciales y cualquier otro evento que reúna las características señaladas en el numeral anterior.
15.3. La parte afectada por el evento de fuerza mayor o caso fortuito deberá comunicar oportunamente dicha circunstancia a la contraparte, en la medida en que ello resulte razonablemente posible.
Cláusula decimosexta: Naturaleza jurídica de la relación
16.1. El vínculo generado entre el Asistente y los Organizadores en virtud de la participación en el evento tiene naturaleza estrictamente privada y se sustenta en la organización, sin fines de lucro, de una actividad social universitaria.
16.2. Únicamente en aquello en lo que las actividades desarrolladas configuren una relación de consumo en los términos del Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley N.º 29571, resultarán aplicables las disposiciones pertinentes de dicho cuerpo normativo. Los Organizadores manifiestan su compromiso de respetar los derechos que la referida norma reconoce al consumidor, en aquello que resulte aplicable.
Cláusula decimoséptima: Comunicaciones
17.1. Toda comunicación vinculada a los presentes Términos y Condiciones se efectuará a través de los canales oficiales de los Organizadores, entre ellos, la dirección de correo electrónico y las redes sociales institucionales que estos oportunamente pongan a disposición de los Asistentes.
17.2. Se considerará domicilio del Asistente el consignado en el registro de inscripción al evento. Las comunicaciones remitidas a dicho domicilio, o a la dirección de correo electrónico proporcionada por el Asistente, surtirán plenos efectos, salvo prueba en contrario.
Cláusula decimoctava: Nulidad parcial
18.1. En caso alguna de las cláusulas o disposiciones contenidas en los presentes Términos y Condiciones fuera declarada nula, inválida o inaplicable por autoridad competente, dicha declaración no afectará la validez ni la eficacia de las demás cláusulas y disposiciones, las cuales conservarán plena vigencia.
18.2. En tal supuesto, la cláusula afectada será interpretada o sustituida por otra que, conforme al ordenamiento jurídico peruano, refleje del modo más aproximado la voluntad de las partes al momento de aceptar los presentes Términos y Condiciones.
Cláusula decimonovena: Ley aplicable y solución de controversias
19.1. Los presentes Términos y Condiciones se rigen por las leyes de la República del Perú.
19.2. Las partes se comprometen a procurar la solución de cualquier controversia derivada de la interpretación, ejecución o incumplimiento de los presentes Términos y Condiciones, por la vía del trato directo y de buena fe, durante un plazo razonable contado desde la comunicación de la controversia.
19.3. De no arribarse a una solución por trato directo, las controversias serán sometidas al conocimiento de los jueces y tribunales del distrito judicial correspondiente al lugar de realización del evento, sin perjuicio de las competencias que el ordenamiento jurídico peruano reconozca a otros órganos, entre ellos, las autoridades administrativas competentes en materia de protección al consumidor y de protección de datos personales, cuando corresponda.
Cláusula vigésima: Aceptación
20.1. El Asistente declara haber leído íntegramente los presentes Términos y Condiciones, haber comprendido su contenido y aceptarlos de manera libre, expresa e incondicional, obligándose a cumplirlos durante toda su permanencia en el evento.
20.2. El Asistente declara, asimismo, haber sido debidamente informado del tratamiento que los Organizadores efectuarán respecto de sus datos personales, en los términos previstos por la Cláusula Undécima, y otorga su consentimiento para dicho tratamiento en los términos allí establecidos.
20.3. Los presentes Términos y Condiciones se encuentran a disposición permanente del Asistente en los canales oficiales de los Organizadores, para su consulta y verificación en cualquier momento.